DOF: 28/08/2025

🆕 Cambio clave
El decreto publicado establece que se modifica el Anexo I del Decreto IMMEX, adicionando 50 fracciones correspondientes a las partidas 64.01 – 64.02 – 64.03 – 64.04 – 64.05 (calzado y partes).

⚠️ Efecto
Estos bienes ya no podrán importarse temporalmente bajo IMMEX.

📌 Implicaciones prácticas para las empresas
Las empresas IMMEX que manejen calzado deberán replantear sus esquemas operativos y financieros:
• Cambiar esquemas de importación temporal a importación definitiva.
• Calcular impacto en costos por IGI e IVA.
• Revisar contratos con proveedores y clientes, ajustando precios y márgenes.
• Evaluar alternativas de proveeduría nacional o extranjera bajo otros regímenes.

✅ Conclusión
La actualización impacta directamente al sector calzado, limitando beneficios IMMEX en 5 partidas arancelarias (64.01 a 64.05). Con esta adición, el Anexo I IMMEX suma un total de 370 fracciones restringidas.

🔎 Recomendaciones estratégicas

1. Mapear operaciones actuales para identificar fracciones afectadas.
2. Simular escenarios de costos bajo importación definitiva vs. alternativas.
3. Revisar estrategias fiscales y de planeación aduanera.
4. Fortalecer cadena de suministro diversificando proveedores y evaluando producción nacional.

Puedes revisar las fracciones en cuestión en la publicación del DOF:

DOF: https://lnkd.in/eyDW__kb

En GSB Trade Solutions podemos ayudar a analizar el impacto.